ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN UNDIDOS POR BARIA
1. Denominación y naturaleza jurídica
Con la denominación UNIDOS POR BARIA se constituye una Asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
La Asociación carece de ánimo de lucro y se constituye por tiempo indefinido.
2. Fines de la Asociación
La Asociación tiene como fines principales:
- Velar por la salvaguarda de los restos arqueológicos de la antigua ciudad fenicio-púnico-romano-visigótica y árabe de Baria, situada en Villaricos, Cuevas del Almanzora (Almería).
- Fomentar la creación de un parque arqueológico que integre todas las ruinas arqueológicas de Baria y de su entorno con las que presente conexión histórica y cultural.
- Impulsar la puesta en valor del castillo-torreón de Villaricos (siglo XVIII), con el objetivo de convertirlo en el Museo de Baria, así como la conservación y difusión de todos los restos excavados y por excavar (tumbas fenicias, área industrial romana, etc.), con una finalidad estrictamente cultural.
- Difundir el patrimonio de Baria mediante investigaciones, publicaciones, artículos de prensa, libros, programas de radio, televisión, internet y cualquier otro medio audiovisual o cultural.
- Promover cualquier otra actuación relacionada con la historia, el patrimonio cultural y natural, y la puesta en valor de todo lo que Baria representó en el pasado.
- Por extensión, la Asociación actuará en favor de la defensa, protección y difusión del patrimonio histórico, arqueológico, monumental y natural de todo el Levante Almeriense.
3. Actividades para el cumplimiento de los fines
Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades:
- Organización de encuentros culturales, simposios, congresos, conferencias y mesas redondas sobre Baria y la conservación de su legado histórico y patrimonial.
- Establecimiento de convenios y colaboraciones con asociaciones, universidades e instituciones públicas o privadas (Universidades, Instituto de Estudios Almerienses, Diputación Provincial, Junta de Andalucía, Academia de la Historia, Ministerio de Cultura, etc.).
- Búsqueda de los recursos económicos necesarios para el desarrollo de sus fines, siempre sin ánimo de lucro.
- Ejercicio de acciones judiciales y extrajudiciales para la defensa de los intereses y objetivos de la Asociación.
- Cualesquiera otras actividades acordadas por la Asamblea General o la Junta Directiva que contribuyan al cumplimiento de los fines asociativos.
4. Domicilio social y ámbito territorial
La Asociación cuenta con doble domicilio social:
- Domicilio del Secretario, a efectos de notificaciones generales:
Calle La Chimenea nº 25, Palomares, C.P. 04617 (Almería). - Domicilio del Presidente, para asuntos jurídicos e institucionales:
Barriada Las Alparatas s/n, Mojácar, C.P. 04638 (Almería).
El ámbito territorial de actuación es todo el Estado español, con especial atención a Andalucía y la provincia de Almería.
5. Órganos de gobierno: la Junta Directiva
La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva, formada por:
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario
- Tesorero
- Seis vocales
Todos los cargos son gratuitos, designados por la Asamblea General, con una duración de un año.
6. Funciones de la Junta Directiva
Corresponde a la Junta Directiva, entre otras funciones:
- Dirigir las actividades sociales y la gestión económica y administrativa.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
- Formular y someter a aprobación las cuentas anuales.
- Resolver sobre la admisión de nuevos socios.
- Nombrar delegados o comisiones para actividades concretas.
- Cualquier otra función que no sea competencia exclusiva de la Asamblea General.
7. Funciones de los cargos
Presidente
Representa legalmente a la Asociación, convoca y preside las reuniones, autoriza pagos y documentos, y adopta medidas urgentes en beneficio de la Asociación, dando cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
Vicepresidente
Sustituye al Presidente en caso de ausencia y asume sus funciones.
Secretario
Custodia la documentación, lleva los libros oficiales, expide certificaciones y garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales y registrales.
Tesorero
Recauda y custodia los fondos de la Asociación y ejecuta los pagos autorizados.
Vocales
Colaboran en las funciones de la Junta Directiva y en las comisiones o delegaciones que se les encomienden.
8. La Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y está integrada por todos los socios.
Se reunirá:
- Con carácter ordinario, una vez al año.
- Con carácter extraordinario, cuando lo acuerde la Junta Directiva, el Presidente o una décima parte de los socios.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, salvo en los casos que requieran mayoría cualificada (modificación de estatutos, disolución, enajenación de bienes, etc.).
9. Socios
Podrán ser socios las personas físicas o jurídicas que tengan interés en los fines de la Asociación.
Tipos de socios
- Socios fundadores
- Socios de número
- Socios de honor
Derechos de los socios
- Participar en las actividades de la Asociación.
- Disfrutar de los beneficios asociativos.
- Participar en las Asambleas con voz y voto (excepto socios de honor).
- Elegir y ser elegidos para cargos directivos.
Obligaciones
- Cumplir los estatutos y acuerdos.
- Abonar las cuotas establecidas.
- Colaborar activamente en la vida asociativa.
10. Recursos económicos
Los recursos económicos de la Asociación procederán de:
- Cuotas de socios.
- Subvenciones, donaciones, legados o herencias.
- Cualquier otro recurso lícito.
La Asociación carece de fondo social inicial.
El ejercicio económico finaliza el 31 de diciembre de cada año.
11. Disolución de la Asociación
La Asociación se disolverá por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.
En caso de disolución, el patrimonio sobrante se destinará a fines que no desvirtúen el carácter no lucrativo de la entidad.
12. Disposición final
En todo lo no previsto en estos Estatutos será de aplicación la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y demás normativa vigente.
Villaricos (Cuevas del Almanzora), 15 de mayo de 2004
Firmado:
Juan Grima Cervantes
Juan Antonio Collado Gómez (Presidente)
